¿Qué es un ERE?
Este procedimiento se puede iniciar tanto por solicitud por parte de la empresa como por los propios trabajadores (a través de sus representantes legales), cuando así van a evitarse un perjuicio mayor, pero esto solo es posible cuando se den una determinadas circunstancias (previstas en la ley).
Circunstancias:
- Despido colectivo o suspensión de la relación laboral por causas económicas, técnicas, organizativas o de la producción.
- Suspension o extincion por fuerza mayor.
- Extinción por personalidad jurídica del contratante.
Un ERE siempre debe de ir acompañado de una memoria (la cual recoge las causas que lo justifican), un documentación económico de la empresa, y, si la empresa tiene 50 trabajadores o más también tiene que adjuntar un plan de viabilidad.
Si la medida afecta a un numero no superior a 200 trabajadores, la Autoridad Laboral puede ser gestionada por la provincia donde se encuentra el domiciliada la empresa, pero si afecta a más de 200 personas o a centros ubicados en diferentes provincias podría pasar a manos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
En el caso de que el ERE sea producido por causas de fuerza mayor, es suficiente con informar a los representantes legales de los trabajadores y esperar la resolución de la Autoridad laboral. En este caso se abre un periodo de consultas y de negociación entre la empresa y los trabajadores para llegar a un acuerdo, si no llegan a ningún acuerdo será la Autoridad Laboral la que decida si acepta o no la regulación de empleo.
En el caso del despido colectivo, viene regulado todo el proceso por el articulo 51 del Estatuto de los Trabajaores.
Finalmente, la indemnización que derive de la regulación de empleo será la fijada entre las partes con un mínimo de 20 días de salario por año trabajado hasta un máximo de 12 mensualidades.
Y esto es todo, pero antes de irte, si crees que me dejado algún detalle y lo quieres aportar, déjame tu comentario.
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